Documento número 30 (22 páginas). Con este encabezado aparece, dentro de la querella que el Partido Popular (PP) ha presentado en la Fiscalía Anticorrupción contra Carolina Darias, Inmaculada Medina y Encarna Galván (PSOE) por los presuntos delitos de prevaricación administrativa y malversación de caudales públicos al frente de la Sociedad de Promoción de Las Palmas, la información correspondiente a la licitación para adjudicar el suministro en régimen de alquiler de las carpas y las tarimas del Carnaval 2024. El concurso, con un contrato de 199.000 euros, se resolvió con un negociado sin publicidad que levantó las sospechas de la formación conservadora por dos detalles: dos de las tres empresas invitadas a participar en el proceso compartían administrador y dos tenían el mismo domicilio.

Para el PP, en la querella que Anticorrupción ha asumido para su investigación, “el procedimiento se configura como una farsa diseñada para una adjudicación directa a un mismo empresario”. Así, el Grupo Popular en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, para justificar esa acusación, aporta la siguiente documentación oficial sobre Palacio Calderón SL, Pirámide Moctezuma SL e Instalaciones, Reformas y Montajes Tudor SL, las tres firmas que concursaron en el negociado sin publicidad: “Prueba de lo falsario de esta supuesta competencia”, la dos primeras compañías “comparten administrador” mientras que las dos últimas “comparten domicilio, siendo presumible que compartan también los mismos socios”.

¿Qué Ley se vulnera?
“Con ello”, se añade en el escrito, “viene a coronarse el presunto fraude: se tramita la adjudicación como negociado sin publicidad, por imperiosa urgencia, con base en argumentos no ya falaces sino frívolos, para a continuación invitar a la misma empresa con lo que, de más está decir, todo queda en casa y aquí no ha pasado nada”.

Sin embargo, recalca el PP, “recordemos que el artículo 139.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, establece el principio de proposición única para lograr, precisamente, que se cumplan los principios de libre competencia, igualdad, transparencia y concurrencia, y prohíbe a un mismo empresario presentar más de una proposición, siendo el hecho aquí denunciado todavía más grave si se considera que es el propio órgano contratante el que procede a invitar a tres empresas que, a la postre, están vinculadas, disfrazando con ello, a sabiendas, una adjudicación directa de un negociado sin publicidad”.

La querella entiende que se vulnera “el artículo 132.3 de la Ley 9/2017, 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, que considera prácticas colusorias, en lo que se refiere a empresas vinculadas, que éstas tengan el mismo administrador o un mismo domicilio social y una denominación social, cual sucede en este caso”.

¿Misma empresa?
En la documentación aportada por el PP, José Luis Cervero Cardenas figura como administrador único de Palacio Calderón SL, cargo que también ocupa en Pirámide Moctezuma SL. El domicilio social de esta última compañía es Avenida de Europa 26, Planta 2 (Pozuelo de Alarcón), dirección que también aporta como sede Instalaciones, Reformas y Montajes Tudor SL, la otra firma que pujó por el contrato para el alquiler de las carpas del Carnaval 2024 de Las Palmas.

El servicio se adjudicó el 12 de diciembre de 2023 a Palacio Calderón SL por 199.000 euros.

Martín Alonso

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