El Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, remitió a los diferentes grupos del Carnaval, esta nota con la normativa a seguir y las medidas a adoptar que tiene que tomar los diferentes grupos dentro de dichos locales.

Les informo  que desde el pasado fin de semana se autoriza la apertura del local municipal cedido por el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife (si es este tú caso), por lo que te adjunto las medidas a adoptar para garantizar la higiene y evitar la propagación del covid-19 tras la apertura del local, y que se debe garantizar en todo momento:

1. Se reducirá al cincuenta por ciento el aforo total en los locales. Deberán exponer a los usuarios el aforo máximo de cada local y asegurar que dicho aforo, así como la distancia de seguridad interpersonal de dos metros se respeta en su interior; se establecerán sistemas que permitan el recuento y control del aforo, de forma que este no sea superado en ningún momento, y que deberá incluir a los propios gestores.

2. Deberán adoptarse las acciones necesarias para cumplir las medidas de higiene y prevención por parte del personal encargado de la gestión de la entidad/local municipal.
En concreto, serán de aplicación las medidas generales indicadas en el artículo 6 de la citada Orden SND/458/2020 que sean de aplicación.

3. Los usuarios/as tendrán permanentemente a disposición agua, jabón y papel absorbente para el secado de manos, o geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad para la limpieza de manos.

4. Se adoptarán las medidas de distancia social recomendadas por las autoridades sanitarias.

5. Deberán realizar los ajustes en la organización horaria que resulten necesarios para evitar el riesgo de coincidencia masiva de personas (Se considerará que existe riesgo de coincidencia masiva de personas cuando no haya expectativas razonables de que se respeten las distancias mínimas de seguridad).

6. En las tareas de limpieza se prestará especial atención a las zonas de uso común (incluidos los aseos) y a las superficies de contacto más frecuentes como pomos de puertas, mesas, muebles, pasamanos, suelos, teléfonos, perchas, y otros elementos de similares características. Se utilizarán desinfectantes como diluciones de lejía (1:50) recién preparada o cualquiera de los desinfectantes con actividad virucida que se encuentran en el mercado y que han sido autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad, debiendo adoptarse las medidas de seguridad y salud oportunas durante la aplicación.

7. Tras cada limpieza, los materiales empleados y los equipos de protección utilizados se desecharán de forma segura, procediéndose posteriormente al lavado de manos.

8. Se deberá disponer de papeleras en las que poder depositar pañuelos y cualquier otro material desechable. Dichas papeleras deberán ser limpiadas de forma frecuente, y al menos una vez al día.
9. Se establecerá un horario prioritario para las actividades a desarrollar con mayores de 65 años.

10. La organización de la circulación de personas y la distribución de espacios deberá modificarse, cuando sea necesario, con el objetivo de garantizar la posibilidad de mantener la distancia de seguridad interpersonal de dos metros exigida por el Ministerio de Sanidad.

11. Las actividades grupales que se vayan a realizar, deberán diseñarse y planificarse con un aforo máximo de veinte personas. Se deberá respetar la distancia mínima de seguridad entre las personas que asistan a la actividad y entre estos los monitores o encargados de realizarlas. En caso de no poder respetarse esa distancia, se deberá utilizar mascarillas. Las actividades o clase grupales se realizarán preferentemente al aire libre y se evitará el intercambio de material.

12. Todos los espacios cerrados donde se realicen actividades deberán ventilarse dos horas antes, e igualmente se mantendrán ventilados de manera regular durante dichas actividades.

Recibe un cordial saludo, agradeciéndote la paciencia mostrada debido a esta medida de cierre en beneficio de la salud de todos y todas.

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