La Justicia ha dictaminado el sobreseimiento provisional y el archivo de la causa que investigaba al exconcejal de Fiestas de Santa Cruz, el socialista Andrés Martín, por un presunto delito de prevaricación administrativa a raíz de las contrataciones de los escenarios del Carnaval realizadas en 2020.

En verano de 2021, el Juzgado de Instrucción Número 3 incoó diligencias previas y llamó a declarar a Martín, como investigado, a raíz de la actuación de oficio de la Fiscalía, con la que se formuló denuncia contra el exedil de Fiestas.

Todo este procedimiento se inició con la denuncia del empresario Luciano Delgado, un clásico del Carnaval chicharrero, quien aseguraba que se habían cometido «irregularidades» en la contratación de los escenarios e infraestructuras del Carnaval para la celebración de los diferentes actos.

Delgado reprochaba al Ayuntamiento, entonces gobernado por el PSOE y Cs, que desde el 6 de diciembre de 2019 hasta el 14 de febrero de 2020 no tuviese tiempo de adjudicar el contrato de servicio de estructuras técnicas para los eventos del Carnaval, fraccionándose éste en contratos menores, asignados a varias empresas. Señaló que en algunos contratos se declaró la urgencia y en otros la adjudicación directa. El empresario alertó también de una posible subcontratación de empresas.

Asimismo, un expediente de información reservada del Consistorio capitalino, tramitado a petición del actual alcalde, el nacionalista José Manuel Bermúdez, alertó también de «múltiples irregularidades» en las contrataciones realizadas con el edil socialista, indicando que se había fraccionado el objeto del contrato de las estructuras técnicas en «múltiples contratos menores» y que no existían informes jurídicos para los mismos. El actual grupo de Gobierno (CC, PP y la edil de Cs Evelyn Alonso) encargó a los Servicios Jurídicos Municipales trasladar toda la documentación a la Fiscalía.

Aunque la denuncia del empresario Luciano Delgado fue archivada, la Fiscalía abrió diligencias de investigación, «al objeto de volver a examinar toda la documentación» y con el fin de «dilucidar si hubo irregularidades con relevancia penal, por parte del Organismo Autónomo de Fiestas y del edil Andrés Martín, así como por aquellos técnicos que intervinieron en los expedientes».

En el decreto dictado por la Fiscalía, con el que se formuló denuncia contra Martín, se estableció que se podían haber alterado las normas de adjudicación y publicidad de las contrataciones.

Carece de conducta reprochable
Sin embargo, y según el auto recientemente dictado por el Juzgado de Instrucción Número 3 de Santa Cruz de Tenerife, «no se observa conducta reprochable penalmente del investigado, en cuanto que, sin entrar en la irregularidad administrativa de la decisión de contratar por separado, fuera de la licitación, las estructuras del Carnaval 2020, la misma no fue adoptada de forma arbitraria o a sabiendas de causar perjuicio al patrimonio municipal».

En el auto se explica que la mayor parte de las declaraciones que, en fase de instrucción, se han llevado a cabo han puesto el acento «en la gran litigiosidad del procedimiento de licitación, con sucesión de recursos e impugnaciones, que provoca un retraso en su finalización, hasta el punto de que a fechas próximas del Carnaval 2020, las posibilidades de que este evento se celebrase con todas las medidas de seguridad necesarias eran escasas».

El juez determina que en este contexto obedeció la decisión del edil investigado, amparada en la única intención de que la fiesta se celebrase. Asimismo, se añade en el auto, «no se trató de una decisión unilateral, ni caprichosa», en cuanto que contó con el asesoramiento o apoyo técnico de la asesoría jurídica del Organismo Autónomo de Fiestas, así como del entonces secretario del Pleno, «habiendo valorado otras formas de contratación distintas, pero ninguna de ellas viables legalmente».

«Igualmente, se respetó por el investigado criterios técnicos a la hora de configurar los diferentes contratos. Y esta decisión no ha supuesto merma de los presupuestos municipales», indica el juez. Contra esta resolución se podrá presentar auto de reforma en el plazo de tres días y/o de apelación en el plazo de cinco días.

Eloísa Reverón 

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