El tribunal estima el recurso de la entidad de gestión y eleva sustancialmente la cifra fijada en primera instancia, que era de 162.454 euros
La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha asestado un nuevo revés judicial a la Sociedad de Promoción de la ciudad, dependiente del Ayuntamiento capitalino, al condenarla al pago de 508.025,08 euros más intereses y costas procesales a la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE). La resolución, que estima el recurso de apelación interpuesto por la entidad de gestión, se refiere al uso del repertorio de obras protegidas en eventos culturales y fiestas populares entre enero de 2016 y enero de 2022, período en el que Augusto Hidalgo era alcalde y Encarna Galván e Inmaculada Medina ocupaban las concejalías de Cultura y Carnaval, respectivamente.
La sentencia supone un incremento sustancial respecto a la cifra fijada en primera instancia por la Sección Mercantil del Tribunal número 3 de Las Palmas, que había establecido la deuda en 162.454,96 euros. La SGAE recurrió entonces ante la Audiencia, que ha hecho suyos sus planteamientos y ha multiplicado por tres la cantidad a abonar. Contra este nuevo fallo cabe aún recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
El Carnaval y las Fiestas Fundacionales, entre los eventos afectados
La Sociedad de Promoción es la entidad encargada de gestionar la mayor parte de la actividad cultural del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, incluyendo el Carnaval, las Fiestas Fundacionales y la Navidad, entre otras muchas celebraciones. La sentencia detalla un extenso listado de eventos por los que se reclaman los derechos de autor, que abarca desde grandes espectáculos como el Womad, el Temudas Fest o el Festival de Cine, hasta actividades más específicas como el ‘Good Night Triana’, el ‘LPA Urban Dance’ o los conciertos del ‘Monopol Music Festival’.
El tribunal ha desestimado el argumento de la Sociedad de Promoción de que no intervenía en muchos de estos actos porque su nombre no figuraba en los carteles anunciadores. Los magistrados, presididos por Jesús Ángel Suárez Ramos, han considerado “irrelevante” ese hecho frente a otros documentos que acreditan su implicación en la organización.
Prescripción y reclamaciones extrajudiciales
Uno de los puntos clave del fallo ha sido la desestimación de la posible prescripción de los hechos denunciados, alegada por la defensa de la sociedad municipal. La Audiencia ha recordado que la SGAE realizó “múltiples reclamaciones extrajudiciales” a la entidad demandada entre 2018 y los años posteriores, lo que constituye “actos interruptivos de la prescripción reveladores de una clara voluntad conservativa de derechos”.
Los magistrados han subrayado que estas comunicaciones, en las que se reclamaba la información necesaria para facturar y se remitían facturas pendientes de abono, demuestran la persistencia de la SGAE en la defensa de sus intereses y las de sus asociados.
Darias estudia cómo afrontar la sentencia
La alcaldesa de Las Palmas de Gran Canaria, Carolina Darias, se ha pronunciado este viernes sobre la sentencia, indicando que el consistorio estudiará cómo afrontarla. En declaraciones a los periodistas durante la presentación del Plan Estratégico de Derechos Culturales 2027-2037, la regidora ha señalado que habrá que esperar a las distintas resoluciones que se emitan sobre este asunto, y ha apuntado que otros ayuntamientos podrían encontrarse en una situación similar.
Darias ha adelantado que esta es “la primera consideración” que podía hacer sobre el fallo, y ha pospuesto a más adelante un análisis más detallado de sus implicaciones. El consistorio capitalino deberá decidir ahora si asume el pago de la cuantía fijada o si presenta recurso de casación ante el Tribunal Supremo, tal y como permite la ley.
Un conflicto que se alarga en el tiempo
La sentencia de la Audiencia Provincial pone un nuevo episodio a un conflicto que se remonta a varios años atrás, cuando la SGAE comenzó a reclamar el pago de los derechos de autor por la utilización de su repertorio en los eventos organizados por la Sociedad de Promoción. La entidad de gestión ha mantenido desde entonces una postura firme en defensa de los intereses de los creadores cuyas obras suenan en las fiestas y actos culturales de la ciudad.
El fallo, que deberá ser ejecutado si no es recurrido, supone un duro golpe para las arcas municipales en un momento en el que la Sociedad de Promoción ya ha sido objeto de críticas por parte de la oposición por su gestión y su nivel de endeudamiento. La cuestión de los derechos de autor en los grandes eventos festivos sigue siendo un asunto controvertido en toda España, con frecuentes disputas entre ayuntamientos y entidades de gestión.