Una decisión judicial sin precedentes sacude los cimientos de la fiesta más emblemática de la capital grancanaria. Un juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria ha emitido un fallo que obliga al Ayuntamiento a replantearse por completo la ubicación de su celebración más multitudinaria. La razón de fondo es contundente: el derecho al descanso de los residentes en los históricos barrios del Puerto y La Isleta no puede seguir viéndose sacrificado año tras año.

El magistrado titular del Juzgado número 5 no solo ha declarado la necesidad de buscar un nuevo enclave para el Carnaval, sino que ha sido especialmente crítico con la gestión municipal de los últimos años. En su sentencia, conocida este miércoles, subraya que, con los medios técnicos y económicos de los que dispone el consistorio, es “inaplazable” diseñar una solución que garantice la pervivencia de las fiestas sin que esta suponga una carga insoportable para un grupo de ciudadanos.

El ruido, un problema crónico sin resolver

El conflicto, lejos de ser nuevo, tiene profundas raíces. El propio juez recuerda en su auto que ya en 2002 el Tribunal Superior de Justicia de Canarias alertó sobre la incompatibilidad de los eventos multitudinarios con las zonas residenciales del entorno, un criterio que el Tribunal Supremo ratificó tres años después. A pesar de ello, y de la evolución de la normativa europea y nacional sobre contaminación acústica, la situación se ha mantenido prácticamente inalterada durante dos décadas.

Esta inacción municipal ha llevado a once vecinos a llevar el caso a los tribunales, logrando ahora una victoria legal que incluye una indemnización de 2.000 euros para cada uno de ellos. Durante las fiestas de 2024, objeto del litigio, se constataron graves deficiencias en el control acústico. Según se desprende del fallo y de los informes policiales aportados, los escenarios carecieron de limitadores de sonido hasta la recta final de los eventos. Las medidas correctoras, cuando se aplicaban, resultaban ineficaces para asegurar que no se superaran los niveles de decibelios permitidos por el estudio de impacto.

“Prioridades al margen de la realidad social”

La dureza del lenguaje judicial contrasta con la postura defensiva mostrada por el consistorio durante el proceso. El juez califica de “sorprendente” que la administración local haya intentado justificar la situación cuestionando la necesidad de probar los efectos perjudiciales de la exposición prolongada al ruido extremo. “Es un planteamiento al margen de la realidad social, legal y jurisprudencial”, sentencia el magistrado, que muestra su “desconcierto” ante las prioridades del gobierno municipal.

Como ejemplo gráfico del drama humano que subyace tras la disputa legal, la sentencia recoge un episodio ocurrido el 18 de febrero de 2024. Una persona mayor, residente en la zona, sufrió un ataque de ansiedad al no poder soportar la saturación acústica continuada durante varios días, lo que requirió la intervención de los servicios de emergencia.

Un nuevo rumbo para las fiestas fundacionales

La resolución judicial no solo anula la decisión de la entonces concejal de Fiestas, Inmaculada Medina, que en marzo de 2024 suspendió los objetivos de calidad acústica sin una justificación legal adecuada. Su principal efecto es obligar al Ayuntamiento a iniciar un proceso de búsqueda activa de una nueva sede.

El reto ahora para el consistorio es mayúsculo: encontrar un espacio en la ciudad que pueda albergar la magnitud del Carnaval, con todos sus escenarios, agrupaciones y público, sin generar molestias a los residentes. La sentencia busca un equilibrio donde la fiesta, declarada de interés turístico, pueda ser disfrutada “por todos, sin que sea a costa del bienestar de unos pocos”. El fallo abre un periodo de incertidumbre sobre el futuro inmediato de unas celebraciones que forman parte del ADN de la ciudad.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *